Muchas personas lo habrán podido comprobar en la pasada Declaración de la Renta. Pero para las que no les incumbía o no se habían enterado, veremos la novedad que se ha incorporado en la declaración 2018-2019 de la nueva ayuda fiscal para aquellas madres trabajadoras que hayan tenido que matricular a sus hijos a una escuela infantil, ya que existe una deducción de gastos de guardería.

¿Quién puede demandar el cheque guardería?

La guardería supone un gasto extra para los padres, en algunos casos muy elevado. Por esta razón nace esta nueva ayuda para los progenitores que deban volver a trabajar y no tengan dónde dejar a sus hijos. Por lo tanto, podrán beneficiarse las madres que trabajen y que tengan hijos de 0 a 3 años matriculados en escuelas infantiles.

Esta ayuda no sustituye a la deducción por maternidad de 1.200 €, sino que supone una ampliación de hasta 1.000€ de la misma. Esto es válido tanto para centros públicos como privados.

Es muy importante tener en cuenta que solo podrán beneficiarse de estas ayudas aquellas madres que se encuentren trabajando mientras sus hijos acuden a la escuela infantil o guardería. Bien sea por cuenta ajena como empleada o de forma autónoma. En cualquier caso, estar dada de alta en la Seguridad Social. Por lo tanto, aquellas madres que no trabajen o no estén dadas de alta mientras lo hacen, no podrán beneficiarse de esta ayuda. Lo mismo ocurre con aquellas madres que trabajan pero no pagan guardería o no lo hacen de una forma regulada.

¿Qué gastos se deducen?

Los gastos que se deducen en este caso son los relativos a matrícula y asistencia mensual y/o anual a una guardería o escuela de educación infantil. Además, también se deducen los gastos de comedor. Es importante tener en cuenta que se pueden deducir meses completos, y no aquellos en los que solo se pagó medio mes por vacaciones, enfermedad o situaciones similares.

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Deducción gastos guardería

Además, se deberán restar las ayudas y las subvenciones por parte de la empresa u otras entidades, así como el cheque guardería. A partir de los gastos netos que queden restando todas estas ayudas, se calculará dicha deducción.

Cómo se inicia la deducción de gastos de guardería

Es necesario que las escuelas infantiles presenten un modelo informativo a Hacienda para que sus clientes se beneficien de esta deducción. Esto supone que las guarderías presenten a la Agencia Tributaria los datos de todos los progenitores y los niños escolarizados, con los meses en los que han estado matriculados, el NIF y los gastos anuales, así como la subvención de la que han disfrutado los padres de los niños. Esto es válido hasta los que cumplen tres años en dicho ejercicio. Y es que, la Agencia Tributaria tendrá en cuenta todos estos datos, desde los meses que han estado matriculados hasta los gastos de comedor.

Modelo 233 para la deducción de gastos de guardería

Pero, muy importante es tener en cuenta que la declaración de todos estos datos debe realizar siempre por parte de los centros de educación infantil, escuelas infantiles o guarderías, y nunca por parte de los padres de los niños escolarizados. Y es que son estos centros los que disponen de la información verídica de los pagos realizados por cada familia.

Por lo tanto, al ser un aspecto incluido dentro de la Declaración de la Renta anual, no puede cobrarse nunca de forma anticipada, como ocurre con otras ayudas. En este caso, comprobaremos en el borrador si ha sido incluido, y en ese caso, lo cobraremos como se realizan estas operaciones normalmente, pasadas unos días o semanas desde que es presentada la Declaración de la Renta.

Al ser un aspecto que no está en manos de los progenitores, lo único que pueden hacer es asegurarse de que la guardería cumple con los tiempos de entregar el modelo 233 a la AEAT para que se les puedan deducir dichos gastos.

Si tienes dudas respecto al tema de la deducción de gastos de guardería u otros temas, puedes contar con una asesoría en Valencia que te ayude con ello.