Recibir una carta de despido mientras se está de vacaciones es una situación que genera sorpresa y muchas dudas. ¿Es válido el despido? ¿Corre el plazo para impugnar, aunque no estés en tu puesto? ¿Qué pasa con el finiquito y las vacaciones no disfrutadas?
La respuesta jurídica es que sí se puede notificar un despido durante las vacaciones, pero la forma de comunicarlo, los plazos legales y los derechos económicos del trabajador son determinantes. Entender estos matices es clave para saber cómo actuar y proteger tu situación laboral.
Ante estas dudas, contar con el criterio de una consultoría laboral permite analizar cada caso con rigor y aplicar correctamente lo que establece la normativa vigente.
¿Es legal el despido durante las vacaciones?
Lo que dice la ley
El artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores regula el derecho a vacaciones anuales retribuidas. No impide que la empresa pueda comunicar un despido durante ese periodo, siempre que se cumplan las formas legales establecidas en los artículos 52 y 53 (despido objetivo) y 54–55 (despido disciplinario).
La Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS) establece que los plazos para impugnar son de 20 días hábiles desde la notificación fehaciente, incluso si el trabajador se encuentra ausente.
👉 Si quieres conocer otros aspectos relevantes de las relaciones laborales, te recomendamos leer nuestro artículo sobre cómo prepararse para una inspección laboral.
Tipos de despido implicados
- Despido disciplinario: por incumplimiento grave y culpable del trabajador. No requiere preaviso, pero sí carta escrita detallando las causas.
- Despido objetivo: por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Debe comunicarse con 15 días de preaviso, aunque la empresa puede sustituir ese plazo por el abono de los salarios correspondientes.
En ambos casos, la notificación durante vacaciones es válida, siempre que llegue de forma fehaciente.
Notificación y plazos: qué cuenta y desde cuándo
Notificación fehaciente
El modo de comunicar el despido es clave. Se consideran medios válidos:
- Burofax con acuse de recibo.
- Correo electrónico corporativo con confirmación de lectura.
- Carta entregada en mano (si es posible).
Si el trabajador no accede a la notificación por estar de viaje, la empresa cumple si demuestra que la puso a disposición.
20 días hábiles para impugnar
El plazo para presentar la papeleta de conciliación y la demanda es de 20 días hábiles (no cuentan sábados, domingos ni festivos). El cómputo empieza desde la recepción efectiva de la comunicación.
Si no recoges el burofax, se entiende notificado desde el intento de entrega acreditado.
Derechos económicos y finiquito
Vacaciones devengadas no disfrutadas
Si el despido se produce antes de agotar las vacaciones generadas, la empresa debe abonarlas en el finiquito como parte de la liquidación.
Otros conceptos
El finiquito debe incluir:
- Salario pendiente del mes en curso.
- Pagas extraordinarias proporcionales (si no están prorrateadas).
- Indemnización correspondiente según tipo de despido:
- Objetivo: 20 días por año de servicio.
- Improcedente: 33 días por año.
- Disciplinario procedente: sin indemnización.
👉 Para comprender mejor estos cálculos, puede ayudarte este artículo sobre cómo leer y entender tu nómina.
¿Puede considerarse nulo o improcedente?
Indicios de nulidad o improcedencia
Un despido en vacaciones puede impugnarse si:
- Se produce como represalia por disfrutar del descanso legal.
- No se detalla la causa en la carta.
- No se cumple el procedimiento (preaviso, entrega de indemnización, etc.).
Documentación recomendable
Conviene guardar:
- La carta de despido.
- Justificantes de vacaciones aprobadas.
- Comunicaciones previas con la empresa.
- Pruebas de represalias o tratos discriminatorios.
Qué hacer paso a paso si te despiden en vacaciones
- Revisa la carta de despido y comprueba la causa y forma.
- Conserva toda la documentación (cartas, burofax, emails).
- Acude previamente al SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación) como requisito administrativo previo y obligatorio a la vía judicial.
- Presenta demanda laboral en el juzgado competente si no hay acuerdo.
- Respeta los plazos: 20 días hábiles desde la notificación fehaciente.
Baja laboral antes de las vacaciones: ¿qué ocurre si me despiden?
Un caso frecuente es cuando el trabajador se encuentra de baja médica justo antes de iniciar las vacaciones. En estos supuestos, la ley establece que las vacaciones se aplazan y se disfrutarán una vez recibida el alta médica, aunque el año natural haya concluido (art. 38.3 ET).
¿Qué pasa si la empresa decide despedir al trabajador estando de baja y a la vez con vacaciones pendientes?
- El despido sigue siendo posible, siempre que se comunique de forma fehaciente y con las causas justificadas.
- El trabajador tendrá derecho a percibir en el finiquito las vacaciones devengadas y no disfrutadas, además de la indemnización o salarios que correspondan.
- Si se demostrase que el despido obedece a una represalia por la baja médica, podría ser declarado nulo por vulneración de derechos fundamentales.
Casos prácticos
- Despido disciplinario sin preaviso: La empresa envía burofax el 10 de agosto mientras estás fuera. El plazo para reclamar empieza a contar desde ese intento de entrega.
- Despido objetivo con preaviso: La empresa comunica el despido durante vacaciones y abona en el finiquito los 15 días de preaviso en metálico.
Tabla comparativa
Tipo de despido | Preaviso | Indemnización | ¿Puede notificarse en vacaciones? |
Disciplinario | No | No (si es procedente) | Sí |
Objetivo | 15 días (o pago sustitutivo) | 20 días/año | Sí |
Improcedente | — | 33 días/año | Sí |
Nulo | — | Readmisión + salarios | Sí, pero se anula en juicio |
¿Cuándo acudir a profesionales?
Si recibes una carta de despido en vacaciones, lo recomendable es consultar con especialistas en derecho laboral. El plazo es corto y los detalles marcan la diferencia.
En Afilco Asesores, como gestoría laboral Valencia, acompañamos a trabajadores y empresas en estos procesos, revisando la legalidad del despido, calculando indemnizaciones y representando en conciliación y juicio si fuera necesario.
Conclusión
Que te despidan estando de vacaciones no significa que pierdas tus derechos. La empresa puede notificar el cese, pero debe hacerlo de forma fehaciente y respetando los plazos y procedimientos.
Si te encuentras en esta situación, no la dejes pasar: los 20 días hábiles son decisivos.
👉 Contacta con nuestro equipo de asesoría laboral en Valencia para revisar tu caso y actuar a tiempo.
Preguntas frecuentes sobre el despido en vacaciones
¿Cuenta el preaviso si coincide con vacaciones?
Sí, salvo que la empresa opte por abonar los días en el finiquito.
¿Qué pasa si no recibí la carta?
Si el burofax fue intentado y consta el aviso, se entiende notificado.
¿Me pagan las vacaciones pendientes?
Sí, siempre se abonan en el finiquito.
¿Puedo impugnar tras volver de vacaciones?
Sí, mientras no hayan pasado los 20 días hábiles desde la notificación.
¿Puede ser nulo el despido por represalia?
Sí, si se demuestra que se debe a haber ejercido el derecho a vacaciones.
¿Qué documentos debo conservar?
Carta de despido, justificantes de vacaciones, nóminas y cualquier comunicación con la empresa.
¿Qué plazo tengo para demandar?
20 días hábiles desde la notificación.
¿Dónde puedo informarme más?
En el Estatuto de los Trabajadores (BOE).