El Real Decreto-ley 28/2018 ha derogado con efectos desde el 1 de enero del 2019 las medidas contractuales e incentivos a la contratación vinculadas a una tasa de desempleo superior al 15%, tales como al primer empleo joven, contrato a tiempo parcial con vinculación formativa o contrato indefinido de apoyo a emprendedores. ¿Cuáles son los incentivos a la contratación en 2019? A continuación, te lo explicamos con más detalles.

Incentivos a la contratación en 2019

Contratación de menores de 25 años

Este 2019 el contrato para la formación y el aprendizaje es la única modalidad que se bonifica destinada a contratar jóvenes en situación de desempleo inscritos en la Oficina de empleo. La bonificación para las empresas será del 100% de los seguros sociales. Pasando a ser del 75% si ésta cuenta con más de 250 trabajadores. Además, durante como máximo 3 años, recibirán una bonificación adicional entre 60€ – 80€ a modo de tutorización del trabajador.

Este tipo de contratación está destinado a jóvenes menores de 25 años. Formalizando un contrato de jornada completa donde el 75% será destinado a trabajar y el 25% a formación. Pasando al 85% y 25% respectivamente durante el segundo y tercer año de prórroga. Las empresas tendrán la obligación de formar al trabajador en su profesión. El salario que percibirán los trabajadores será el establecido en el convenio colectivo de aplicación o, en su defecto, el 75% del SMI..

Conversión de contratos en indefinidos

Las empresas de menos de 50 trabajadores que conviertan los contratos de relevo, en prácticas y de sustitución por jubilación en indefinidos. Recibirán una bonificación/reducción a las cuotas empresariales a la Seguridad Social de 500€ durante tres años o, en caso de ser mujer, de 700€. Por otra parte, en caso de la conversión de contratos para la formación y el aprendizaje en indefinidos, la bonificación o reducción será de 1.500€ o, de 1.800€ en caso de ser mujer, durante el mismo periodo de tiempo.

Contratación de personas con discapacidad

Existen una serie de bonificaciones relacionadas con la contratación de personas con discapacidad reconocida según su perfil y tipo de contrato.

Para menores de 45 años

  • Contrato indefinido (o conversión a indefinido): bonificación anual durante la vigencia del contrato de 4.500€, 5.350€ en caso de ser mujer. Si la discapacidad del trabajador es severa, se aplicaría una bonificación de 5.100€, 5.950€ en caso de ser mujer.
  • Contrato temporal de fomento del empleo: bonificación anual durante la vigencia del contrato de 3.500€, 4.100€ en caso de ser mujer. Si la discapacidad es severa, la bonificación sería de 4.100€, si es mujer, 4.700€.

Para mayores de 45 años

  • Contrato indefinido (o conversión a indefinido): bonificación anual durante la vigencia del contrato de 5.700€, 6.300€ en caso de tener una discapacidad severa.
  • Contrato temporal de fomento del empleo: bonificación anual durante la vigencia del contrato de 4.100€, 4.700 € en caso de ser mujer. Si la discapacidad es severa, se aplicará una bonificación de 4.700€, 5.300€ en el caso de ser mujer.

Al mismo tiempo, existen bonificaciones del 100% de la cuota empresarial por todos los conceptos por la contratación indefinida o temporal o conversión en indefinido de todos los contratos temporales por un Centro Especial de Empleo. Así como para contratos de interinidad con desempleados para sustituir a trabajadores con discapacidad en situación de incapacidad temporal. Por su parte, los trabajadores con una discapacidad reconocida pueden ser contratados mediante contratos formativos. La bonificación/reducción de las cuotas del empresario será del 100% cuando la empresa cuente con menos de 250 trabajadores y del 75% cuando cuente con más y contrato en prácticas. Con una reducción en la cuota empresarial por contingencias comunes del 50%.

Bonificaciones por contratación de colectivos en riesgo de exclusión y víctimas

Las empresas recibirán una bonificación de 1.500€ por la contratación de víctimas de trata de seres humanos, violencia de género y víctimas de terrorismo en caso de ser contrato indefinido. En caso de contrato temporal, la cuantía será de 600€. La contratación de víctimas de violencia doméstica tendrá una bonificación de 850€ en caso de contrato indefinido y 600€ de contrato temporal. Por otra parte, en el caso de contratar trabajadores en riesgo de exclusión social, la bonificación será de 600€ para contrato indefinidos. 500€ para temporales y 650€ para conversiones de temporal a indefinido. Se disfrutará de la bonificación durante 4 años en el caso de contrato indefinido y durante toda la vigencia del mismo en caso de ser temporal.

Los contratos tramitados con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto (1 de enero de 2019), seguirán activos y se regirán por la normativa vigente en el momento de su celebración. En este pdf del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) encontrarás más información sobre las bonificaciones / reducciones a la contratación laboral. Para recibir asesoramiento respecto a los incentivos a la contratación en 2019 no dudes en contactar con nuestra Asesoría en Valencia.